lunes, 7 de agosto de 2017

LA OPCIÓN BILATERAL O PROMESA BILATERAL DE COMPRA VENTA




La opción bilateral o promesa bilateral de compraventa consiste en un acuerdo o convenio conforme al cual una persona llamada promitente vendedor y otra llamada promitente comprador se comprometen bilateralmente y recíprocamente a celebrar en un futuro un contrato definitivo de compraventa de un bien mueble o inmueble.


Este tipo de contrato también lo han denominado como contrato preparatorio o preliminar  y su estudio no ha sido fácil en vista de la falta de disposiciones legislativas, la poca atención de la doctrina y la escasa jurisprudencia que no han ayudado a encontrar claridad sobre el tema, sin embargo es                                                  tema llamativo para su estudio.
No hay abogado en ejercicio que no tropiece con la opción bilateral o promesa bilateral de compraventa en su ejercicio diario, porque el mismo ha nacido, principalmente, por el enorme tráfico comercial que ha ocurrido en el último siglo.

Este tipo de contrato tiene como finalidad principal la de celebrar un futuro contrato definitivo de compraventa, bien sea sobre un bien mueble o un inmueble.

La esencia de este contrato radica en la obligatoriedad para ambas partes de desplegar una determinada conducta, una en querer vender y, otra en querer comprar, por eso es bilateral, porque nacen obligaciones contractuales para ambas partes. Nuestra jurisprudencia lo ha considerado como un verdadero contrato de compraventa pues en él están presentes los elementos esenciales de un contrato de venta como son el consentimiento, el objeto y el precio.

Es con motivo de la compraventa donde mayor importancia práctica adquiere el contrato de opción o promesa, pues este viene a ser el puente normalmente entre las negociaciones precontractuales y la compraventa definitiva.

Debe insistirse en que este contrato no transmite la propiedad objeto de la opción o promesa bilateral de compraventa pues su único efecto y finalidad es la de obligar a las partes a celebrar un nuevo contrato que es el de la compraventa definitiva.

También podemos encontrar en la praxis opciones unilaterales de compraventa cuya esencia radica en la obligatoriedad contractual para una de las partes de realizar una determinada obligación y en la posibilidad para la otra parte de decidir si acepta o no libremente la oferta en cuestión.

Debemos ser precavidos  y tener presente a la hora de redactar este contrato de que sus clausulas sean claras que no sean ambiguas y que no den lugar a erróneas interpretaciones a la hora de un conflicto entre las partes.

Este contrato, además de ser escrito y notariado, debe contener, a nuestro juicio, los siguientes elementos: 1) Identificación de las partes; 2) Descripción del objeto que se promete, con indicación de sus linderos, medidas y demás determinaciones; 3) Gravámenes que pesan sobre el bien; 4) Duración del contrato; 5) Precio convenido; 6) Condiciones de la oferta; 7) Otras obligaciones a cargo de las partes, como por ejemplo la entrega de las solvencias, liberación de gravámenes, etc.; 8) Domicilio en donde deban practicarse las notificaciones o comunicaciones con motivo del contrato; 9) Cualesquiera otras clausulas que convengan a las partes, como por ejemplo si el promitente comprador va a gestionar un crédito hipotecario para pagar parte del precio; 10) Especificar si hay entrega de arras; y 11) Causas de incumplimiento, etc.

Las acciones que derivan del contrato podemos resumirlas de la siguiente manera; 1) acción de incumplimiento de contrato el cual conlleva a la resolución del mismo, ejemplo de este supuesto sería que el promitente vendedor no liberase la hipoteca que grava el inmueble y no se pueda protocolizar el documento definitivo de compraventa; y 2) acción de cumplimiento de contrato el cual conllevaría          
que el órgano judicial obligue al promitente vendedor a vender en el precio pactado para el supuesto de que el mismo pretendiese aumentar el precio convenido en el contrato. Estos son supuestos muy puntuales pueden existir varios.

La presente disertación no agota el tema, simplemente se ha buscado aproximarse al mismo con la finalidad de llegar a una comprensión básica. Nada más.




            

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